No todo contacto es foul y tampoco toda acción de juego, donde no hay contacto, no puede ser pasible de sanción. Ello es así tanto dentro como fuera del área.
La Regla 12 indica que el hecho de jugar de forma peligrosa no implica necesariamente el contacto físico entre los jugadores. Si un jugador pone en riesgo el físico del adversario, aunque no lo toque, genera una infracción al reglamento que debe ser penalizada.
La norma toma en cuenta y castiga una acción que pudiera llegar a causar daño en el rival o a uno mismo; por eso, el trancar con la cabeza, que a todos nos gusta como acto de rebeldía, es penado con un tiro libre indirecto para el rival.
Muchas veces el público en general –incluido gran parte del periodismo- hace una diferenciación que el reglamento no prevé, según el lugar de la cancha donde ocurre determinada acción de juego.
Por eso digo que:
– Si ante el más mínimo contacto en el área se pretende cobrar penal –como muchos piden cuando ello sucede-, ante el más mínimo contacto en el centro del campo se debería cobrar foul. Y sabemos que ello no es así.
– Y si ante el más mínimo CONTACTO CON LAS PIERNAS en el área se considera y cobra penal, la lógica indicaría que ante el más mínimo contacto con el resto del cuerpo también debería cobrarse. Ello tampoco ocurre, ni es así.
Tampoco el reglamento prevé que un jugador tenga que andar a los saltos para evitar el golpe de un rival. Por lo tanto, LA TAN ESCUCHADA FRASE “FUE A LA PELOTA” DEBE SER ERRADICADA.
Un ejemplo claro encontramos en la incidencia que derivó en la infracción cometida por Jorge Fucile ante Alexis Sánchez en los 4tos de final de la Copa América de Chile 2015.
Varios dijeron que por el hecho de “ir a la pelota e impactar primero en ella” ni siquiera debió cobrarse infracción, lo cual es un error.
Tampoco comparto que haya sido una jugada de roja directa, ya que no hubo intención deliberada de golpear.
Considero que en esa jugada el árbitro aplicó perfectamente el reglamento por cuanto prevé que es infracción el hecho de disputar un balón “de manera imprudente, temeraria o con el uso de una fuerza excesiva que puede poner en riesgo el físico del adversario”.
La propia regla 12 nos dice qué debemos entender por temeraria: «significa que el jugador realiza la acción sin tener en cuenta el riesgo o las consecuencias para su adversario”. Y agrega que cuando el futbolista «juega de forma temeraria es necesario amonestar».
También define el uso de fuerza excesiva para casos en que «el jugador se ha excedido en la fuerza empleada y corre el riesgo de lesionar o lesiona a su adversario». En ésos casos prevé que sea expulsado del terreno de juego.
En lo personal entendí pues justificada la decisión del árbitro en aquella incidencia. La acción de Fucile fue temeraria mas no hizo uso de una fuerza excesiva con riesgo para el físico del adversario; de ahí que haya correspondido tarjeta amarilla y no roja directa.
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