Tras el partido disputado hace un rato, donde River venció de visita a Gremio (2-1) y accedió a la final de la Libertadores, Marcelo Gallardo reconoció públicamente la violación al artículo 76 del Reglamento Disciplinario de Conmebol.
“Incumplí una regla y no me arrepiento”, dijo el Dt una vez terminado el partido.
Ello habilita a Gremio a reclamar los puntos del partido lo cual le «debería» dar la clasificación a la final del máximo evento continental.
Veamos qué dice el artículo 76 (“ejecución ordinaria de suspensiones”): “El director deportivo/entrenador, cualquier miembro del cuerpo técnico o restantes oficiales, sancionados con la suspensión de sus funciones, podrán presenciar los partidos en los cuales esté vigente su suspensión únicamente desde las gradas. No podrá acceder al vestuario, túnel, banca o área técnica antes ni durante el partido, ni podrá por ningún medio comunicarse con su equipo”.
Gallardo no sólo entró al vestuario en el entretiempo sino que ser comunicó con su equipo durante el partido.
Por lo tanto, en virtud del 56, c del Reglamento, podría Gremio reclamar contra el resultado del partido.
ART.56 (MOTIVOS PARA RECLAMAR CONTRA EL RESULTADO DE UN PARTIDO): 1. Son motivos para reclamar contra el resultado de un partido: a) Alineación indebida. b) Una decisión de un oficial de partido que hubiera influido en el resultado de un encuentro exclusivamente en supuestos de corrupción arbitral. c) Cualquier otro incidente grave, establecido en el presente Reglamento, que haya tenido incidencia en el resultado del partido.
Sigamos el razonamiento.
Gallardo violó el art.76 al utilizar intercomunicador y tener contacto con sus jugadores en la zona de vestuarios. Dicho artículo trae implícito el hecho de la “incidencia” de un director técnico en el resultado de un partido.
De no ser así, el castigo sería únicamente mandarlo a la tribuna y no prohibirle desde allí entablar contacto con sus asistentes, así como tampoco dejarlo entrar al vestuario.
Si se considerará importante e influyente la figura del entrenador en el resultado de un partido que el castigo porque los equipos entren tarde a la cancha (al inicio del partido o segundo tiempo) recae sobre el entrenador para que, no solo no pueda dirigir sino que ni tenga ninguna la posibilidad de entablar contacto con sus dirigidos.
Por si fuera poco, en este partido uno de los cambios que seguramente ordenó Gallardo por el intercomunicador, terminó siendo decisivo en el resultado del partido.
Que consecuencia puede tener un reclamo de Gremio no lo sabemos.
Pero que tiene el legítimo derecho de reclamar el resultado de este partido, lo tiene!
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